Justo antes de que terminara el año 2011, Bolivia presentó ante la secretaría de las Naciones Unidas en Nueva York la notificación formal en la que anunciaba se volvía a adherir a la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, pero añadiendo una reserva sobre el consumo de la hoja de coca en su forma natural, para usos como la masticación o el mate en infusión. Éste era un paso ya esperado, después de que, en junio de 2011, Bolivia se retirara del tratado con el objetivo de conciliar las obligaciones internacionales que se establecen en él con la propia Constitución boliviana de 2008.
Según el procedimiento y la práctica establecida, para que Bolivia vuelva a convertirse en miembro de pleno derecho de la Convención de 1961, deben pasar 30 días a partir del momento en que se recibió el aviso de readhesión en Nueva York. En otras palabras: el 28 de enero de 2012, la readhesión será un hecho.
Las últimas noticias sugieren erróneamente que Bolivia sólo volverá a ser parte de la Convención después de que la reserva sea aceptada por un tercio de los Estados miembros de este tratado. Algunas voces están incluso cuestionando si el país podrá mantener sus obligaciones internacionales, ahora que ya no está sujeto al tratado de 1961. Sin embargo, la entrada de Bolivia como parte de la Convención Única de 1961 debe ser aceptada por el secretario general sin emitir un juicio sobre la validez de la reserva, que sólo quedaría invalidada si se opusiera a ella un tercio de las partes de la Convención de 1961 (es decir, 61 países de un total de 184). En tal caso, Bolivia se retiraría otra vez de la Convención.
La práctica en el depósito de los instrumentos jurídicos internacionales cambió en la década de 1990 y 2000, de forma que “el Secretario General, en su función de depositario de tratados multilaterales, por ejemplo, acepta el depósito de todo instrumento que exprese el consentimiento en obligarse por un tratado que contenga una reserva y, aunque declina adoptar una posición respecto de la cuestión de la validez o los efectos de la reserva, ‘indica la fecha en la cual el instrumento ordinariamente debería entrar en vigor conforme a las disposiciones del tratado y [deja librada] a cada parte la cuestión de extraer de las reservas las consecuencias jurídicas que la parte considere apropiadas’.” (párr. 246 del Decimocuarto informe sobre las reservas a los tratados, A/CN.4/614/Add.2)
Esta lectura de la práctica no sólo ha sido ignorada por la prensa, sino también, y lo que es peor, por el representante en Bolivia de la Oficina de la ONU contra la Droga y el Delito (ONUDD), César Guedes, que afirmó que Bolivia estaría fuera de la Convención durante doce meses y que, al volver a adherirse con un reserva, perdería su credibilidad, lo cual afectaría negativamente a su imagen internacional. Su apreciación de los hechos no sólo es manifiestamente equivocada, sino que representa otra muestra más de la falta de cooperación en la relación entre Bolivia y la burocracia de control de drogas de la ONU para resolver esta auténtica contradicción.
Ya antes, y como era de esperar, la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) se había pronunciado sobre el proceso de retirada y readhesión de Bolivia, declarando que éste socavaría la integridad de las convenciones sobre drogas de la ONU. Estas señales no tienen ninguna utilidad, excepto la de provocar aún más confusión, como se puede ver en la forma en que la prensa está cubriendo el asunto. Una se pregunta, además, qué justifica esta actitud y la ignorancia de los funcionarios de la ONU sobre sus propios procedimientos.
La hoja de coca se incluyó por error en las convenciones de fiscalización de estupefacientes de la ONU y cabe esperar que Bolivia siga exponiendo esta realidad ante la comunidad internacional. Ésta última, por su parte, debería preguntarse seriamente qué es lo que está intentando proteger, y a qué precio.
Véase también: La reconciliación jurídica de Bolivia con la Convención Única sobre Estupefacientes, Nota para la incidencia política del IDPC, julio de 2011