El laberinto legal de los clubes de cannabis
Estos centros deben cumplir una serie de requisitos dictados por los tribunales para no incurrir en delito
Sábado, 11 de septiembre, 2021
El objeto de estas asociaciones cannábicas se encuentra en una situación jurídica controvertida. El Código Penal castiga en su artículo 368 a los que “ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas”. En el mismo sentido, el artículo 36 de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como ley mordaza, recoge como una infracción administrativa grave su “consumo o tenencia ilícitos, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos”.