La Audiencia de Alicante tumba la causa contra una tienda de 'cannabis light' al considerar legal su producción en la UE
El auto de sobreseimiento considera que el CBD no es fiscalizable y recuerda que la jurisprudencia europea avala su comercialización
Sábado, 12 de marzo, 2022
El Comité de Farmacodependencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó que el CBD, conocido como cannabis light, no se incluyera como sustancia susceptible de fiscalización al tener propiedades terapéuticas y no causar efectos nocivos significativos, carecer de propiedades psicoactivas ni potencial de generar adicción. El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea avaló la comercialización de productos CBD entre los Estados miembros. Son los argumentos que utiliza la Audiencia Provincial de Alicante en el auto de sobreseimiento que revoca el procedimiento abreviado contra el propietario de una tienda de productos CBD. (Véase también: Sentencia pionera sobre el CBD del cannabis: un juez contradice a la fiscalía antidroga y absuelve a un acusado al que devuelve sus cogollos)